GESTIÓN DE LOS CASOS.

En un ejercicio de responsabilidad colectiva de las familias o tutores legales del alumnado comprobarán antes de ir al centro educativo, el estado de salud, que su temperatura no sea superior a 37´5º o que tengan otros síntomas compatibles con la COVID-19 . Además, deben colaborar en que sus hijas e hijos adopten rutinas de higiene de manos y el protocolo de actuación en caso de tos, estornudos u otros síntomas respiratorios, además de reforzar la importancia del uso de mascarilla para asistir al centro educativo.

No deben acudir al centro educativo aquellas personas que tengan síntomas compatibles con COVID-19, así como aquellas que se encuentren en aislamiento por diagnóstico de COVID-19, o en período de cuarentena domiciliaria por haber mantenido un contacto estrecho con alguna persona con síntomas compatibles o diagnosticada de COVID-19. Para ello, las familias vigilarán el estado de salud y en su caso, realizarán toma de temperatura antes de salir de casa para ir al centro educativo. Si el alumnado tuviera fiebre o síntomas compatibles con COVID-19 no deberá asistir al centro hasta su valoración por parte del pediatra o del médico correspondiente.

El alumnado con condiciones de salud que le hace vulnerable a la COVID-19 (enfermedades cardiovasculares, diabetes, enfermedades pulmonares crónicas, cáncer en fase tratamiento activo, inmunodepresión o hipertensión arterial, insuficiencia renal crónica, enfermedad hepática crónica u obesidad mórbida), salvo que su condición clínica esté controlada y lo permita, y manteniendo medidas de protección de forma rigurosa.

4.1 Localización y actuación ante la aparición de casos

Para una correcta localización y actuación es necesario diferenciar entre:

  • Caso sospechoso: cualquier alumno o trabajador del centro con un cuadro clínico de infección respiratoria aguda de aparición súbita de cualquier gravedad que cursa, entre otros, con fiebre, tos o sensación de falta de aire. Otros síntomas como la odinofagia, anosmia, ageusia, dolores musculares, diarreas, dolor torácico o cefaleas, entre otros, pueden ser considerados también síntomas de sospecha de infección por SARS-CoV-2 según criterio clínico.
  • Caso confirmado: persona con sintomatología compatible con la COVID-19 y con PCR positivo para SARS-CoV-2.

PASO 1. DETECCIÓN

Cuando el personal del centro durante la jornada escolar detecte que un alumno o una alumna comienza a desarrollar síntomas que sean compatibles con COVID-19:

  • Se procederá a llevarlo/a la a un espacio habilitado para ello (sala de gestión de casos)
  • Si la persona presenta síntomas de gravedad (dificultad para respirar, mal estado general debido a vómitos o diarrea muy frecuente, dolor abdominal intenso, confusión, tendencia a dormirse…) se debe llamar al 112, a la vez que se avisa a los progenitores.

Si el alumnado no presenta síntomas leves, establecer un contacto inmediato con la familia para acudir al centro educativo.

  • Se recomienda a la familia (en el caso de un menor), si no hay contraindicación, que se traslade al domicilio y, desde allí, a su centro de salud o directamente al centro de salud.

La persona afectada se considera caso sospechoso y deberá permanecer aislado en su domicilio hasta disponer de los resultados de las pruebas diagnósticas.

Será Salud Pública quien contacte con los centros educativos para realizar una evaluación del riesgo, la investigación epidemiológica, la comunicación del riesgo y las recomendaciones de aislamiento del caso y estudio de contactos.

El centro contactará con aquel alumnado que no acuda a las clases durante más de 3 días, para descartar como causa la existencia de alguna situación de cuarentena, sospecha o confirmación de COVID-19.

Cuando la sintomatología comience fuera del horario escolar o en días no académicos o lectivos, la familia tiene la OBLIGACIÓN de ponerse en contacto con su CENTRO DE SALUD, así como comunicarlo de inmediato LLAMANDO al CENTRO EDUCATIVO.

PASO 2. CONFIRMACIÓN

En el caso de que el alumno o la alumna fuera confirmado/a como caso COVID19, el padre/ madre/ tutor/a legal contactará sin demora con el centro e informarán de la situación. En este caso, deberán realizarse las siguientes actuaciones:

  • Si el caso se confirma, no deben acudir al centro y deben permanecer en aislamiento hasta transcurridos 3 días del fin del cuadro clínico y un mínimo de 10 días desde el inicio de los síntomas.
  • Hasta la obtención del resultado diagnóstico del caso, no se indicará ninguna acción sobre los contactos estrechos y la actividad docente continuará de forma normal.
  • Si el caso se confirma se realizará el estudio de contactos en el medio educativo y fuera de este mediante la identificación, clasificación y seguimiento de los contactos según esté establecido en la comunidad autónoma.
  • Se contactará con el SESCAM para seguir las indicaciones de epidemiología del área de gestión sanitaria de referencia.

PASO 3. NOTIFICACIÓN

Hasta la obtención del resultado diagnóstico del caso no se indicará ninguna acción sobre los contactos estrechos y la actividad docente continuará de forma normal extremando las medidas de prevención e higiene.

Una vez obtenido un resultado positivo para SARS-CoV-2, los servicios de salud pública contactarán con los centros educativos y las familias siguiendo los canales de comunicación previamente establecidos para realizar la investigación epidemiológica, informar de la situación y de las principales medidas para el control como son el aislamiento de los casos y la cuarentena de los contactos y valorar conjuntamente las medidas adoptadas por el centro educativo. A nivel de centro se tomarán las medidas nombradas en el apartado anterior.

PASO 4. DETECCIÓN DE CONTACTOS ESTRECHOS

A efectos de la identificación se clasifican como contactos estrechos:

  • Si el caso confirmado pertenece a un grupo de convivencia estable (GCE): se considerarán contactos estrechos a todas las personas pertenecientes al grupo. Los alumnos entre 6-11 años que se clasificarán como contacto estrecho independientemente del uso de la mascarilla.
  • Los convivientes de los casos confirmados.
  • Cualquier profesional del centro educativo, profesor u otro trabajador, que haya compartido espacio con un caso confirmado a una distancia <2 metros del caso sin mascarilla durante más de 15 minutos. El periodo a considerar será desde 2 días antes del inicio de síntomas del caso hasta el momento en el que el caso es aislado.

En los casos asintomáticos confirmados por PCR, los contactos se buscarán desde 2 días antes de la fecha de diagnóstico. La valoración de la exposición del personal que trabaja en el centro se realizará en función de la evaluación específica del riesgo de cada caso, según lo recogido en el Procedimiento de actuación para los servicios de prevención de riesgos laborales frente a la exposición al SARSCoV-2, de modo que la consideración de contacto estrecho se valorará en base a la adecuación y seguimiento de las medidas de prevención adoptadas con el mantenimiento de la distancia física y uso de mascarillas y las actividades realizadas. Además, en el caso de los profesores se tendrá en cuenta en la evaluación que desarrollan una actividad esencial.

PASO 5. MANEJO DE CONTACTOS

  • Se indicará cuarentena por parte de las autoridades sanitarias a los contactos estrechos durante los 14 días posteriores al último contacto con un caso confirmado según se refiere en la Estrategia de vigilancia, diagnóstico y control.
  • Se realizará un seguimiento activo siguiendo los protocolos de la comunidad autónoma de los contactos identificados como estrechos y estos deberán permanecer en su domicilio.
  • Se indicará por parte de las autoridades sanitarias la realización de una PCR (si creen que es oportuno) con el objetivo principal de detectar precozmente nuevos casos positivos en el momento de la identificación del contacto. Si el resultado de esta PCR es negativo se continuará la cuarentena hasta el día 14. De forma adicional, y con el objetivo de poder reducir la duración de dicha cuarentena, podría realizarse una PCR transcurridos 10 días del último contacto con el caso, pudiendo suspenderse la cuarentena en caso de obtener un resultado negativo.
  • Se indicará el cierre del aula si el caso pertenece a un GCE (grupo de convivencia estable) durante 10 o 14 días según la estrategia utilizada. Si el caso no pertenece a un GCE se indicará la cuarentena de los contactos estrechos y el seguimiento de la actividad educativa normal por parte del resto de la clase.
  • Una vez estudiados los contactos y establecidas las medidas de cuarentena para aquellos considerados como estrechos, las actividades docentes continuarán de forma normal, extremando las medidas de precaución y realizando una vigilancia pasiva del centro.

PASO 6. REGRESO AL CENTRO EDUCATIVO

Si la persona ha confirmado positivo de COVID-19 y no ha requerido ingreso hospitalario, pero sí ha recibido asistencia desde atención primaria y aislamiento domiciliario, este se mantendrá, siguiendo las recomendaciones del aislamiento, durante, al menos, 10 días desde el comienzo de los síntomas y hasta que hayan transcurrido, al menos, 72 horas desde la desaparición de los mismos. En todo caso, en una u otra circunstancias, serán las autoridades sanitarias, las que pauten su regreso.

REFERENCIAS

  • Instrucción sobre las medidas de prevención, higiene y promoción de la salud frente al covid-19 para los centros educativos de Castilla la Mancha para el plan de inicio del curso 2020-2021.
  • Línea de atención telefónica para dudas sobre la COVID-19: 900 122 112
  • Portal de Educación de la JCCM: http://www.educa.jccm.es/es
  • Estrategia de detección precoz, vigilancia y control de la COVID-19, que va siendo actualizada de forma permanente. https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCovChina/documentos/COVID19_Estrategia_vigilancia_y_control_e_indicadores.pdf
  • Guía de actuación ante la aparición de casos de COVID-19 en centros educativos del Ministerio de Sanidad del 27 de agosto de 2020https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasAct ual/nCov/documentos.htm
  • Resolución de 31/08/2020, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se modifica la Resolución de 23/07/2020 por la que se dictan instrucciones sobre medidas educativas para el curso 2020-2021 en la comunidad autónoma de CLM